Acceso al sistema
Herramientas del sistema
Información de interés
Publicación AM 20/2013

10 de Mayo de 2013

Se ha publicado en la Plataforma de Contratación del Estado la convocatoria del AM 20/2013 de Papel, cuyo plazo de presentación de ofertas concluye el 20/06/2013 a las 14:00 horas.

Entrada en vigor del AM 08/2011

15 de Abril de 2013

Ya ha entrado en vigor el Acuerdo Marco 08/2011 de Elementos y Sistemas de Seguridad.

Procedimientos

* Legislación sobre el Sistema de Contratación Centralizada Estatal

1. Formas de realizar las solicitudes de adquisición

  • Las solicitudes dirigidas a la Dirección General del Patrimonio del Estado -Subdirección General de Compras- se realizarán en el modelo oficial(se abre en nueva ventana), que se acompaña, expresando con claridad el nombre, código concedido, NIF, dirección y número de teléfono del organismo solicitante, la dirección a la que vayan a ser destinados los bienes objeto de la solicitud, la denominación de la empresa, debiendo estar suscrita por el Jefe del órgano Gestor con expresión del nombre, apellidos y cargo que ostenta.
  • La diligencia de aprobación del gasto que figura en el impreso deberá estar firmada por la autoridad que aprueba el gasto y por el Interventor Delegado u órgano que ejerza análogas funciones de fiscalización, con expresión del nombre, apellidos y cargo. En caso de no existir esta figura o estar exento de fiscalización, deberá hacerse constar esta circunstancia en todas las solicitudes, citando la norma legal que lo fundamenta.
  • En el apartado "clave de referencia" se deberá consignar el número de clave asignado en el catálogo al bien que se desee adquirir, especificando a continuación marca, modelo o definición identificadora del mismo, y color cuando haya varias opciones.
  • Cuando se deseen bienes pertenecientes a distintas empresas, aunque estén en el mismo catálogo, se deberá rellenar un impreso de solicitud por cada una de ellas. Asimismo, se podrán incluir todos los bienes de una misma empresa en una única solicitud, aunque estén en distintos catálogos.

Desde el 30 de julio de 2012 la contratación de servicios de desarrollo y de mantenimiento de aplicaciones se lleva a cabo, al perder su vigencia el Tipo 1 del C 25/2002, en el marco del acuerdo marco AM 26/2011. La contratación de servicios de alojamiento de sistemas de información se tramita en el ámbito de los Tipos 2, 3 y 4 (alojamiento Web), del C 25/2002, que mantienen su vigencia en tanto en cuanto no se complete la tramitación del AM 27/2012, llamado a sustituirlos.

Para la contratación de servicios, ya sea en el marco del AM 26/2011 o en el ámbito de los Tipos 2, 3 o 4 del C 25/2002, la petición deberá ser acompañada por el informe sobre la licitación a que hace referencia el Art. 198.4 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el RDL 3/2011, de 14 de noviembre (BOE del 16), debidamente suscrito, y por los documentos que se manejaron en ella, conforme al procedimiento establecido para el AM 26/2011 si el objeto es la contratación de servicios de desarrollo y de mantenimiento de aplicaciones, o al procedimiento establecido para el C 25/2002 si el objeto es la contratación de servicios de alojamiento de sistemas de información.

Volver a inicio de procedimientosSubir

2. Orden de Suministro

Después de comprobar que la solicitud se ajusta a las claves de referencia y conceptos reseñados en el catálogo, la Subdirección General de Compras notifica la orden de suministro a la empresa adjudicataria al tiempo que notifica al organismo tal orden.

Volver a inicio de procedimientosSubir

3. Recepción

Una vez recibido el material objeto de la solicitud, la empresa adjudicataria remitirá la factura correspondiente al organismo solicitante y éste, o el centro receptor, en caso de ser distinto, procederá, en el plazo más breve posible, a comprobar el buen estado de los bienes para no demorar la recepción y pago, dando cuenta de la recepción en correcto estado a la Subdirección General de Compras.

Volver a inicio de procedimientosSubir

4. Precios

  • Los precios permanecerán sin incremento durante el período de vigencia del contrato, a no ser que, por las causas indicadas en los pliegos, así se autorice por esta Dirección General.
  • En el precio están incluidos los gastos de transporte e instalación en el lugar designado por la Administración y su puesta en funcionamiento (excepto en aquellos que necesiten de una instalación especial), así como los impuestos y gravámenes de todo tipo y especialmente el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo del 18% (tipo vigente actual).
  • Para aquellos contratos destinados a localidades que no estuvieren sujetos al IVA, deberán consignar en sus solicitudes los precios tal y como figuran en el catálogo, a fin de poder mecanizarlos y detectar posibles errores; no obstante se hará constar "EXENTOS DE IVA", y la aprobación del gasto se hará por el importe correspondiente a aplicar los tributos que en cada caso fueran de aplicación.
  • Las empresas adjudicatarias no podrán practicar, fuera de los cauces instrumentados por la Subdirección General de Compras, precios, condiciones o prestaciones más favorable que los de la adjudicación; su incumplimiento será causa de resolución del contrato.

Volver a inicio de procedimientosSubir

5. Actualizaciones

Las empresas adjudicatarias pueden solicitar de la Subdirección General de Compras bajadas de precios de productos adjudicados, así como actualizaciones de modelos por innovaciones tecnológicas o comerciales, debidamente justificadas al amparo de los pliegos.

Volver a inicio de procedimientosSubir

6. Garantía y mantenimiento

El período de garantía será el exigido en el pliego respectivo, a no ser que se hubiera ofertado un plazo mayor, el cual figurará expresamente en el catálogo.

Volver a inicio de procedimientosSubir

7. Plazos de entrega

Las entregas de los bienes y prestaciones de los servicios contratados deberán efectuarse dentro de los plazos fijados en el pliego respectivo, a no ser que se hubiera ofertado un plazo menor (excepto entregas especiales).

Volver a inicio de procedimientosSubir

8. Reclamaciones y anulaciones

En el caso de ser sobrepasado el plazo fijado a partir de la fecha de notificación de la orden del suministro a la empresa (que suele ser la misma en la que recibe la notificación el organismo), deberá hacerse la reclamación por escrito a la Dirección General del Patrimonio del Estado -Subdirección General de Compras-, pudiendo dar lugar a la imposición de la penalidad que corresponda. Idéntico procedimiento se seguirá cuando se observen anomalías o defectos en los bienes recibidos.

Si, remitida la orden de suministro a la empresa adjudicataria, el organismo peticionario no desea recibir el material solicitado, deberá enviar el oportuno escrito solicitando la anulación de la petición a la Dirección General del Patrimonio del Estado, en que conste el número de la orden de suministro que figura en el epígrafe izquierdo de la misma, causa de la anulación y escrito de conformidad de la empresa para no efectuar el suministro. Dicha anulación se ampara, por tanto, en el supuesto de resolución de contrato por mutuo acuerdo recogido en el artículo 223 c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre)

Para cualquier consulta, reclamaciones, anulaciones, etc., se debe consignar el número de solicitud que figura en el epígrafe izquierdo del impreso de notificación de suministro que reciben los organismos.

Volver a inicio de procedimientosSubir

9. Suministro de accesorios

Los organismos peticionarios podrán interesar de la Dirección General del Patrimonio del Estado el suministro de los accesorios del principal objeto de la solicitud (cuando no estuvieren expresamente reflejados en el catálogo), según lo establecido en el artículo 138.3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Cuando las solicitudes incluyan estos accesorios deberán ir acompañadas siempre de una factura pro-forma de la empresa adjudicataria en la que se detallan conceptos y precios.

Volver a inicio de procedimientosSubir

10. Condiciones especiales de contratación

La Dirección General del Patrimonio del Estado, por propia iniciativa con la conformidad del adjudicatario, o a instancia del mismo, podrá por motivo de interés público o necesidades reales del servicio del Organismo destinatario del suministro y, en especial, por razones de nueva tecnología o comercialización, modificar o ampliar actualizar los bienes, precios y condiciones de la adjudicación de un acuerdo marco, siempre que el importe del bien a modificar o de la ampliación no supere en el 20% al precio del bien similar adjudicado en cada caso. En caso de no existir bienes similares adjudicados podrá el órgano de contratación por los mismo motivos indicados, ampliar los elementos complementarios o auxiliares del bien principal siempre que su importe no sea superior al 20% del precio del bien al que se complementa o auxilia.

Volver a inicio de procedimientosSubir